Compensación por copia privada

APLICACIÓN EN JAZZTEL DE LA NORMATIVA SOBRE COMPENSACIÓN EQUITATIVA POR COPIA PRIVADA

Desde el 1 de agosto de 2017, las ventas o cesiones de dispositivos que permitan reproducir libros, audiolibros, revistas, música o vídeos, están sujetos con carácter general al pago de una compensación equitativa por copia privada, salvo por las excepciones que se indican más adelante.

¿Qué es la compensación de copia privada?

Hoy en día existen múltiples dispositivos que nos permiten guardar copias de libros, audiolibros, revistas, música o vídeos para fines privados. Cada vez que se realiza una copia de este tipo, se produce un perjuicio para los titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre la obra reproducida, que dejan de percibir una remuneración por dicha copia. Para compensar por los posibles daños causados a estos titulares, el pasado 4 de julio de 2017 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 12/2017, mediante el cual se modifica el sistema de compensación equitativa por copia privada (conocido también como “canon digital”), estableciéndose la obligatoriedad del pago de un importe único por tipo de dispositivo.

¿Cuál es el importe de la compensación por copia privada?

De acuerdo con la normativa actual, se ha de aplicar la siguiente compensación en función del tipo de dispositivo:

Impresoras multifunción de inyección de tinta o láser

5,25 €

Impresoras, fotocopiadoras y escáneres con capacidad de hacer hasta 39 copias por minuto

4,50 €

Grabadoras de discos compactos específicos o mixtos

0,33 €

Grabadoras de discos versátiles específicos o mixtos, o de discos compactos y versátiles

1,86 €

Discos compactos no regrabables

0,08 €

Discos compactos regrabables

0,10 €

Discos versátiles no regrabables

0,21 €

Discos versátiles regrabables

0,28 €

Memorias USB y otras tarjetas de memoria no integradas en otros dispositivos

0,24 €

Discos duros no integrados que permitan la reproducción de videos, textos, audios u otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales

6,45 €

Discos integrados en un equipo, que permitan la reproducción de videos, textos, audios u otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales, excluyendo discos integrados en videoconsolas que no permitan realizar reproducciones amparadas por el límite de copia privada,  y decodificadores de señales de televisión digital

5,45 €

Dispositivos portátiles que permitan la reproducción de videos, textos, audios u otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales en formato comprimido, y dispositivos electrónicos portátiles con pantalla táctil (ej. tablets)

3,15 €

Teléfonos móviles con funcionalidad de reproducción videos, textos, audios u otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales

1,10 €

 

Estas cantidades deberán ser abonadas por el Cliente en el momento en que realice el acto comercial, con independencia de si se trata de una compra, cesión o alquiler del Dispositivo o si se trata de un Dispositivo nuevo o de ocasión.

¿Está repercutiendo Jazztel la compensación por copia privada en todas las operaciones de venta o cesión de uso de dispositivos?

Desde el 11 de septiembre de 2017, en Jazztel los precios de los dispositivos incluirán la compensación por copia privada en todas las operaciones de venta o cesión con clientes particulares, asumiendo Jazztel dicha compensación únicamente cuando el precio final a pagar por el dispositivo sea de 0€.

Asimismo, y como atención comercial, Jazztel continuará asumiendo hasta nueva comunicación el importe de la compensación por copia privada en las ventas y cesiones de uso de dispositivos a clientes autónomos y empresas.

¿Hay alguna venta o cesión exceptuada del pago de la compensación?

Con carácter general, la compensación por copia privada se aplica a los dispositivos que se destinan para uso privado, no profesional ni empresarial.

En consecuencia, los autónomos, empresas y Administraciones Públicas que adquieran dispositivos para fines exclusivamente comerciales o profesionales (no particulares), pueden beneficiarse de una exención u obtener de las entidades de gestión un reembolso del importe de la compensación abonado. 

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